CERTIFICADOS EFICIENCIA ENERGÉTICA - INGABE
Desde el 1 de junio de 2013, las viviendas
en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia
energética según el Real Decreto 235/2013, de 5 de
abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para
la certificación de la eficiencia energética de los
edificios.
Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimensiones del edificio. Siendo la calificación A la más calificación más eficiente y G la menos eficiente.
¿QUÉ EDIFICIOS SE DEBEN CERTIFICAR?
Por lo general, se deben certificar todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler.
¿CÚANDO SE TIENE QUE ENTREGAR EL CERTIFICADO?
Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.
¿CÚALES SON LAS SANCIONES?
La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
En INGABE realizamos el certificado de eficiencia energética en Málaga de su inmueble así como el registro del mismo en el Órgano Competente de la Comunidad Autónoma.
Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimensiones del edificio. Siendo la calificación A la más calificación más eficiente y G la menos eficiente.
¿QUÉ EDIFICIOS SE DEBEN CERTIFICAR?
Por lo general, se deben certificar todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler.
¿CÚANDO SE TIENE QUE ENTREGAR EL CERTIFICADO?
Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.
¿CÚALES SON LAS SANCIONES?
La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
En INGABE realizamos el certificado de eficiencia energética en Málaga de su inmueble así como el registro del mismo en el Órgano Competente de la Comunidad Autónoma.